
El Poder Ejecutivo, mediante decreto supremo, determinó destinar 100 millones de dólares, mediante la modalidad de fideicomiso, para medianos y grandes productores de alimentos y otros sectores productivos afectados por los desastres del fenómeno climático de La Niña 2007-2008. La norma autoriza al Ministerio de Hacienda constituir un fideicomiso destinado al apoyo financiero del sector productivo, a través de operaciones de co-financiamiento con el sistema financiero nacional. El fideicomiso es una figura legal (artículo 1409 del Código de Comercio), que permite que una entidad financiera, principalmente bancos, administre el capital y las propiedades de un particular, generalmente empresas, en beneficio de esta última o, comúnmente, de un tercero.

La norma establece que el Banco Central de Bolivia (BCB) será la fuente de recursos para el establecimiento del fideicomiso, autorizado por el Decreto Supremo Nro. 29453, de 22 de febrero de 2008. El Ministerio de Hacienda instrumentará el fideicomiso con el Banco de Desarrollo Productivo Sociedad Anónima Mixta (BDP-SAM). La canalización de los recursos del fideicomiso será efectuado a través de entidades financieras avaladas por la Superintendencia de Bancos y Entidades Financieras. Los mismos serán en dólares y con una tasa de interés no menor al 4 por ciento anual. El fiduciario deberá transferir los recursos del fideicomiso al Tesoro General de la Nación (TGN) a través del fideicomitente (Ministerio de Hacienda), incluyendo los rendimientos económicos que hubiera generado con informe de auditoría externa. El Ministerio del área podrá en todo momento inspeccionar, supervisar, y efectuar el seguimiento sobre la aplicación de los recursos fideicomitidos.
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